La compañía española de referencia en el borrado de datos en Internet Eliminalia apoya la última sentencia dictada por el pleno de la Sala Civil del Tribunal Supremo español, que acaba de resolver un caso en sentido contrario al que lo hizo hace un mes la Sala de lo Contencioso, y condenar a Google España a indemnizar a un hombre con 8.000 € por vulnerar su derecho a la protección de datos al no querer borrar de internet el indulto que le fue concedido en 1999.
Esta sentencia de la Sala Civil del Tribunal Supremo es de singular relevancia en favor del “derecho al olvido” en internet, dado que garantiza la protección de los derechos fundamentales de cualquier ciudadano español para poder litigar directamente contra Google España en vez de contra la matriz Google en Estados Unidos, puesto que esto supondría “frustrar en la práctica el objetivo de garantizar una protección eficaz y completa de las libertades y los derechos fundamentales, en particular, del derecho a la intimidad”, según el Tribunal.
Para el presidente de Eliminalia, DídacSánchez, “por fin el Tribunal Supremo empieza a garantizar en España de verdad el derecho al olvido en internet. Para Eliminalia, es un éxito que cualquier persona pueda solicitar este borrado de datos directamente a Google España, lo que facilitará enormemente nuestra labor en el futuro”.
La compañía Eliminalia creció un 24% en 2015 en relación a los casos tramitados en 2014. En concreto, los asuntos económicos y laborales representaron un 43% del total de enlaces desindexados en los buscadores de internet, y los de índole personal, familiar y sexual un 26%. El acoso escolar triplicó, pasando del 1% en 2014 al 3% en 2015, los expedientes inmobiliarios también duplicaron pasando del 2% al 4%, e igualmente registraron aumentos significativos los trámites para la eliminación de datos online por parte de famosos, con un 7%, y los relacionados con actividades de ocio, con un 4%.