Subcontratación en la prestación de servicios informáticos

José Manuel González Gómez

Publicado el 18 May 2005

¿Es común la subcontratación en la prestación de servicios informáticos?
Sin lugar a dudas, sí. En todo tipo de proyectos informáticos, por ejemplo, de implantación de software es frecuente que la empresa que haya de prestar los servicios pretenda subcontratar una parte de los mismos. Los motivos pueden ser diversos, y entre ellos, por ejemplo: el ahorro de costes o la especialización.

¿Qué opciones hemos de considerar desde el punto de vista contractual?
Podremos adoptar dos posturas. O redactar un modelo de contrato por el que subcontratemos a terceros la prestación de algún servicio, o bien utilizar lo que comúnmente se denomina en el mercado un “back to back”, esto es, un contrato por el cual trasladamos al subcontratista todas aquellas obligaciones que nosotros hemos adquirido con el cliente final.

En mi opinión, lo más adecuado será redactar nuestro propio modelo por que en él recogeremos las especificidades concretas de nuestra empresa, que será revisado y autorizado por todas aquellas personas que ocupen cargos de responsabilidad, y con el que sin lugar a dudas nos podremos sentir protegidos. En este modelo podríamos realizar las modificaciones mínimas e indispensables para trasladar aquellas obligaciones pactadas con el cliente final.

La segunda opción sería actuar caso por caso, de tal manera que trasladaríamos el “mismo” contrato pactado a la empresa subcontratada. En mi opinión, si bien este sistema es sencillo y claro, nos podría ocasionar problemas. Entre otros, el hecho de tener que redactar un contrato en cada caso.

¿Podemos reconducir cualquier prestación de servicios a un único tipo?
No, de hecho hemos de distinguir dos tipos básicos. El primero referido a aquel en que el subcontratado ha de obligarse a obtener un resultado determinado (arrendamiento de obra), y así habrá de ser expresamente pactado en el contrato. Este caso será muy común cuando subcontratemos fases concretas dentro de la implantación de un programa de ordenador. Para ello habremos de anexar un documento que recoja el resultado concreto que habrá de obtenerse, y todas aquellas cuestiones que podamos considerar de interés (como pueda ser la metodología, hitos, instalaciones…). Si en esta caso defendiéramos la postura del subcontratado habremos de ser especialmente cuidadosos con las obligaciones que adquiramos, pues sabiendo de la dificultad técnica de nuestro trabajo, podríamos incurrir en un incumplimiento contractual con una cierta facilidad. Esto podremos ayudar a evitarlo si comprometemos a todos los implicados en el proyecto por medio de cláusulas referidas a la correcta coordinación, ayuda, aporte de materiales y recursos…

Por otro lado, habremos de distinguir los proyectos, también muy comunes, en los que el subcontratado únicamente aportará su personal técnico al proyecto para que trabaje en la buena marcha del mismo. Aquí no habrá obligación de resultado (por tanto, arrendamiento de servicios), sino únicamente la obligatoriedad de realizar el trabajo con la calidad técnica que se espera de un profesional.

¿Qué aspectos hemos de tener en cuenta al redactar nuestro contrato?
Por principio, será conveniente que hagamos una referencia al cliente final al que se prestarán los servicios, al menos su nombre y el nombre del proyecto. Esto permitirá que cualquier persona que no conozca el negocio pueda identificar claramente a todas aquellas empresas implicadas.

En cuanto al pago del precio, una particularidad de este tipo de contrato será el condicionarlo a la aceptación por parte del cliente final de cada uno de los hitos del proyecto. Esto habrá de hacerse de una forma cuidadosa puesto que el cliente final no es parte contractual, por lo que habrá de regularse de tal manera que quién acepte sea la empresa que subcontrata la prestación de servicios una vez el cliente final haya aceptado previamente.

Habremos de regular con especial atención el lugar físico de prestación de los servicios, el pago de dietas por los desplazamientos que se produzcan, el responsable de aportar el material necesario (como mesas, ordenadores…), y el de efectuar copias de seguridad y de garantizar un antivirus actualizado. Todas estos aspectos podrían considerarse en algunos casos como de detalle, pero la experiencia demuestra que precisamente este tipo de cuestiones podrían ocasionar una gran tensión en la ejecución del proyecto.

También habrá de tenerse en cuenta la capacitación profesional de los consultores que se aporten al proyecto, de tal manera que lo adecuado será anexar un documento que recoja la titilación y formación mínima exigida. A su vez, será conveniente que se establezca el modo en que podrán sustituirse consultores puesto que en muchas ocasiones la dependencia del proyecto en unas determinadas personas puede hacer traumático la desaparición de las mismas.

Igualmente, hemos de ser conscientes de cuestiones que en este tipo de contratos adquieren una gran relevancia, como las cláusulas de contratación de trabajadores por la contraparte (lo normal será penalizarlas económicamente) y las de cumplimiento de obligaciones de carácter laboral (puesto que los posibles incumplimientos podrían tener repercusiones sobre las demás empresas).

Asimismo, habremos de regular obligaciones de gran importancia como puedan ser el compromiso de una garantía de funcionamiento y corrección de los entregables, que habrá de estar en consonancia con lo pactado con el cliente final.
Por último, hemos de destacar el posible acceso a datos de carácter personal, puesto que es muy posible que la empresa subcontratada acceda a datos de dicho carácter propiedad del cliente final, y para dicho acceso y posible tratamiento habrá de observarse lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD).

Por tanto, la subcontratación de servicios de consultoría informática es una cuestión delicada que nos obligará a prestar la máxima atención desde el punto de vista contractual, pues si sumamos el riesgo intrínsico de este tipo de servicios a un contrato deficiente, obtendremos un riesgo difícil de asumir para nuestra empresa.

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Redacción Computing

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