La LSSICE ya se encuentra operativa

La nueva ley busca proporcionar una mayor seguridad jurídica y confianza a usuarios y prestadores de servicios, con el fin de promover la utilización de Internet y el e-commerce en España.

Publicado el 14 Oct 2002

El pasado da 12 entr en vigor la polmica Ley de Servicios de la Sociedad de la Informacin y de Comercio electrnico (LSSICE), ley con la que se pretenden reforzar las garantas jurdicas, as como la seguridad y confianza tanto del usuario como de los prestadores de servicios con el fin de fomentar Sociedad de la Informacin en Espaa y el uso de Internet y otros servicios interactivos.
En este sentido, algunas de las medidas ms relevantes incluidas hacen referencia a la limitacin del spam, puesto que a partir de ahora el usuario deber autorizar previamente su deseo de recibir publicidad por e-mail, adems de obligar a que los mensajes promocionales vayan acompaados con la palabra publicidad, punto que se har extensible a otros medios como el telfono mvil.
Asimismo, se ha otorgado validez plena a los contratos electrnicos, los cuales se equiparan a los escritos y sirven como prueba ante los tribunales sin necesidad de que tenga que existir un documentos en papel que corrobore la existencia de una operacin.
Respecto al punto que hace referencia a la responsabilidad de los contenidos, el proyecto de Ley queda exentos de la obligacin de supervisin y control a los prestadores de servicios que acten como intermediarios, aunque debern impedir su acceso si stos son ilegales. A esto se aade la obligacin de que estas compaas muestren en sus webs una serie de datos que permitan al usuario conocer con quin estn contratando.
La ley, aplicable a todas las iniciativas realizadas a travs de medios electrnicos y redes interactivas de carcter comercial, aclara que los servicios de la Sociedad de la Informacin se prestarn sin que sea necesario una autorizacin previa, aunque considera conveniente que se comunique al Registro Mercantil o similar, la razn de su actividad, los nombres de dominio o direcciones de Internet.
Junto a esto, la LSSICE potencia la creacin de cdigos de conducta para la autorregulacin del sector, as como regula los principios generales de administracin del dominio .es.
Por ltimo, y tratando de reducir los delitos, los ISPs debern conservar los datos de conexin a la Red, no sus contenidos, actividad en la que colaborarn los operadores de telecomunicaciones y prestadores de servicios de alojamiento.

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Redacción Computing

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