La entrada en vigor de la LSSICE coloca a los ISPs en una posición delicada

La retención y mantenimiento de los datos de tráfico implica enormes dificultades técnicas y económicas para los ISPs, según la AEPSI, que aboga por que la Administración reembolse los costes derivados de la adecuación técnica a la norma.

Publicado el 23 Oct 2002

Por su parte, los organismos representantes de los internautas, como la Asociacin de Internautas, consideran que el artculo 12 de la LSSICE es ambiguo, no garantiza la proteccin de los datos y coloca a los ISPs y las empresas que ofrecen servicios on line en una posicin privilegiada que les permite usar a su antojo la informacin recogida sobre el trfico, por lo que considera que es necesario un desarrollo reglamentario para proteger el secreto de las comunicaciones, la intimidad del internauta y sus derechos fundamentales.
Desde el punto de vista del presidente de la Asociacin de Usuarios de Internet, Miguel Prez Subas, la LSSI impone obligaciones imposibles de cumplir por parte de las empresas. Por este motivo, la AUI solicit al Ministerio de Ciencia y Tecnologa que aclarase, a travs de un comunicado pblico, los requisitos de obligado cumplimiento, ya que no est claro cules son de aplicacin inmediata y cules no.
En este sentido y con respecto a la obligacin de conservacin de los datos. el MCYT ha comunicado que la obligacin de retencin de datos prevista en el artculo 12 de la LSSICE no ser exigible hasta que haya entrado en vigor el reglamento de desarrollo contemplado en el apartado 4 dicho artculo y que igualmente, no se iniciar ningn expediente sancionador por el incumplimiento de esta obligacin hasta que sta sea exigible. Es decir, que hasta que no se determinen las categoras de datos a conservar segn el tipo de servicio prestado, el plazo de retencin asociados a cada supuesto y las condiciones de almacenamiento y forma de entrega en su caso, la obligacin no ser de obligado cumplimiento ni su incumplimiento posible objeto de sancin.
Por otra parte y como apunta Valiente en los pocos pases de la UE en los que se ha legislado sobre este extremo, se ha regulado la recuperacin de los costes asociados por parte de los ISPs. Por ejemplo, en Francia los costes derivados de la retencin son reembolsados por la Administracin. La AEPSI considera que en Espaa se debera seguir un modelo similar que permitiese la recuperacin total de los costes de inversin, de mantenimiento y operativos de los ISPs derivados de la obligacin de retencin de datos, dado que las costas inversiones derivadas de esta obligacin pueden afectar gravemente a la capacidad competitiva de los ISPs, dificultando an ms la supervivencia de la mayor parte de estas empresas en nuestro pas, como comenta Valiente.

La entrada en vigor, el pasado 12 de octubre tras dos aos de polmica y cinco borradores diferentes, de la Ley de Servicios de la Sociedad de la Informacin y de Comercio Electrnico (LSSICE), ha levantado ampollas entre los distintos agentes que conforman la comunidad de Internet, especialmente los operadores de redes y proveedores de servicios o ISPs, a los que la nueva legislacin coloca en un situacin compleja a la hora de dar cumplimiento a las nuevas obligaciones que se derivan de la LSSI. Y es que la enmienda que el Partido Popular introdujo en el Senado el pasado junio a raz de una nueva Directiva sobre Proteccin de Datos en el sector de las Telecomunicaciones (an pendiente de aprobacin), se traduce (artculo 12) en la imposicin a dichos agentes de la obligacin de retener y almacenar, durante doce meses, los datos de trfico generados durante la prestacin de sus servicios, a efectos de que dichos datos, de carcter confidencial, estn a disposicin de las autoridades judiciales o policiales en caso de requerirse para el desarrollo de una posible investigacin criminal.
La Asociacin Espaola de Proveedores de Servicios de Internet (AEPSI), que representa a la mayor parte del mercado de provisin de servicios de Internet en Espaa, considera innecesaria la obligacin de retencin de datos impuesta por el artculo 12 de la LSSI, como seala el secretario general de la AEPSI, Javier Valiente, quien considera que la obligacin de retener todos los datos de trfico durante un perodo de doce meses resulta excesiva y desproporcionada, ya que la retencin y el posterior almacenamiento de los datos durante doce meses supondra grandes dificultades tanto tcnicas como logsticas y econmicas, al no disponer los operadores de redes y los proveedores de acceso a una red de telecomunicaciones de los medios adecuados para ello.
Y es que con las exigencias derivadas de esta obligacin resulta necesario realizar importantes inversiones tanto en hardware como en software para almacenar la informacin, facilitar su bsqueda y controlar el acceso a los datos, como personal dedicado a este efecto. Adems y como apunta Valiente, hay que tener en cuenta que no se genera ningn retorno de dichos costes de inversin y mantenimiento, dado que su aprovechamiento comercial no es posible en base a la legislacin sobre proteccin de datos.

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Redacción Computing

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