El Gobierno presenta el proyecto de Real Decreto sobre actuaciones en espectro radioeléctrico

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha presentado al sector el proyecto de Real Decreto sobre actuaciones en materia de espectro radioeléctrico para el desarrollo de la Sociedad Digital, que incluye actuaciones como licitar parte del espectro e impulsar los servicios de comunicaciones móviles e inalámbricas.

Publicado el 03 Ene 2011

El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha presentado ante el Consejo Asesor de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información (CATSI), el proyecto de Real Decreto sobre actuaciones en materia del espectro radioeléctrico. En líneas generales, este decreto tiene como objetivos poner a disposición de los operadores todo el espectro disponible en bandas de frecuencias de gran interés económico y social; impulsar nuevas inversiones en redes de acceso inalámbrico; incrementar la cobertura de servicios de banda ancha en movilidad en zonas rurales; y fomentar la innovación y la competencia en el sector.
Para ello, incluye una serie de actuaciones en materia de espectro radioeléctrico, que buscan proporcionar seguridad jurídica y predictibilidad a los operadores y fabricantes de equipos, estableciendo un marco estable y de futuro hasta 2030. En concreto, los objetivos de este proyecto de Real Decreto son:
– Autorizar la neutralidad tecnológica (refarming) a los operadores que disponen de espectro radioeléctrico en las bandas de 900 MHz y 1.800 MHz, a la vez que garantizar el mantenimiento del equilibrio económico-financiero de sus concesiones y las condiciones de competencia en el mercado.
– Establecer el marco jurídico que permita la licitación de un total de 310 MHz en las siguientes bandas de frecuencias: 800 MHz (dividendo digital), 900 MHz, 1.800 MHz y 2,6 GHz.
– Generalizar la autorización a los operadores para la aplicación de los principios de neutralidad tecnológica y de servicios, así como la reventa de espectro.
Con estas actuaciones, el espectro actual dedicado a servicios de comunicaciones móviles se incrementa en un 70%. Actualmente se dispone de 360 MHz, a los que se añadirán 250 MHz en las bandas del dividendo digital y de 2,6 GHz.
Está previsto que este Real Decreto se apruebe en el primer trimestre de 2011, y que el proceso de licitaciones de frecuencias se produzca en el segundo trimestre.

Cuadro resumen de los bloques de frecuencias que se licitarán

NUEVA LEY GENERAL DE TELECOMUNICACIONES
El Ministerio de Industria ha presentado también al CATSI el anteproyecto de Ley que modifica la actual Ley General de Telecomunicaciones, para incorporar al ordenamiento jurídico interno las directivas europeas de Mejor Regulación y de Derechos de los Ciudadanos. En general, las modificaciones incorporadas proporcionan mayor seguridad jurídica y flexibilidad a los operadores, mejoran la protección de los derechos de los usuarios y refuerzan las competencias de la CMT.
Está previsto que se remita el anteproyecto al Consejo de Estado a mediados de febrero de 2011 y que lo apruebe el Consejo de Ministros en segunda vuelta a finales de marzo de 2011.
REGLAMENTO DEL SERVICIO UNIVERSAL
Otra de las normativas que se han presentado es el proyecto de modificación del Reglamento del Servicio Universal, que tiene como objeto la introducción en el Servicio Universal de la obligación por parte del operador designado para la prestación del Servicio Universal de atender las solicitudes de los ciudadanos, garantizando a cada usuario que la media de la velocidad de su conexión, en cualquier período de 24 horas, sea al menos de un 1 Mbps por segundo en sentido descendente.
REGISTRO DE PRESTADORES DEL SERVICIO DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL
El CATSI también ha examinado un borrador de Real Decreto por el que se regula el Registro Estatal de Prestadores del Servicio de Comunicación Audiovisual creado por la Ley General de Comunicación Audiovisual. Este Registro, adscrito al futuro Consejo Estatal de Medios Audiovisuales, tendrá carácter público y en el deberán inscribirse los prestadores del servicio de comunicación audiovisual de ámbito estatal. También deberán inscribirse todos los hechos, negocios jurídicos y circunstancias técnicas que afecten tanto a los titulares de dicho servicio como al servicio mismo, así como sus modificaciones.

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Redacción

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