Asesoría Jurídica Protección de datos clave en la nueva economía

El año 2000 ha sido fructífero en intentos por parte de la jurisprudencia para regular coherentemente los e-entornos. Un ámbito donde conviven cuestiones como transacciones financieras, derechos de autor o protección de datos personales.

Publicado el 25 Ene 2001

En la segunda semana de enero de 2000 entró en vigor la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, que derogaba la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del tratamiento automatizado de los datos de carácter personal. Diversos preceptos del artículo 21 de dicha ley fueron declarados inconstitucionales por la Sentencia del Tribunal Constitucional de 30 de noviembre de 2000.

Asimismo, durante el año 2000 entró en vigor la obligación legal de implementar las medidas de seguridad de grado básico (desde junio) y medio (desde finales de año) establecidas en el Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros automatizados que contengan datos de carácter personal, quedando las de grado máximo para junio de 2001.

Cabe destacar también el establecimiento, tras duras negociaciones con los Estados Unidos, de los principios de Puerto Seguro (Safe Harbour) para la protección de la vida privada, recogidos por la Decisión 2000/520/CE de la Comisión de las Comunidades Europeas, y tenidos en cuenta por la Instrucción 1/2000, de 1 de diciembre, de la Agencia de Protección de Datos. En concreto, esta Instrucción establece que, en virtud de aquel acuerdo, todo aquel que pretenda efectuar una transferencia de datos deberá acreditar que el destinatario se ha adherido a los principios de Puerto Seguro, y que está sujeto a jurisdicción de uno de los organismos públicos estadounidenses recogidos en el AnexoVII de la Decisión 2000/520/CE.

Sin lugar a dudas, la norma más esperada en comercio electrónico en el 2000, fue la Directiva 2000/31/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio de 2000, cuyo objetivo fundamental es garantizar la libre circulación de los servicios de la sociedad de la información entre los Estados Miembros. En el ámbito nacional, a día de hoy sólo contamos con el proyecto de ley de comercio electrónico, pero se espera una inminente aparición durante el 2001 de la Ley que transponga esta Directiva sobre Comercio electrónico.

El pasado ha sido el año de reclamación de nombres de dominio por excelencia. A ello contribuyó la aparición de un nuevo procedimiento de solución de conflictos, similar al arbitral, que entró en vigor el 1 de enero de 2000. Dicho procedimiento, fue establecido por la ICANN el 24 de octubre de 1999 en su Política Uniforme de solución de controversias sobre nombres de dominio.

El 16 de noviembre, la ICANN anunció la aparición de 24 nuevos registradores de nombres de dominio, y las 7 propuestas seleccionadas para constituir los nuevos TLDs (Top Level Domain) aero, name, coop, museum, pro, biz e info. Tras el período de negociaciones y de consulta pública durante el primer cuatrimestre de 2001, se determinarán definitivamente.
En el ámbito nacional debemos destacar la Orden de 21 de Marzo de 2000 por la que se regula el sistema de asignación de nombres de dominio de Internet bajo el código (.es), correspondiente a España.

Los derechos de propiedad intelectual de distribución y comunicación pública entraron en crisis con la aparición de nuevos productos de software como los utilizados por Napster y Mp3.com, dando lugar a apasionantes demandas judiciales. En este contexto, surgió la propuesta modificada de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines en la sociedad de la información.

Con respecto a la firma electrónica, el 21 de febrero se desarrolló en parte el Real Decreto de Firma electrónica mediante el Reglamento de acreditación de prestadores de servicios de certificación y certificación de determinados productos de firma electrónica. No obstante, aún quedan pendientes muchos aspectos por desarrollar, registros por constituir y convenios por celebrar.

En cuanto a la fiscalidad, cabe destacar el 7 de junio de 2000, como el día en que la Comisión Europea presentó una propuesta de Directiva relativa al IVA aplicable a ciertos servicios suministrados por vía electrónica, así como una propuesta de reglamento para reforzar la cooperación administrativa entre los Estados Miembros en materia de IVA. En diciembre, el Parlamento Europeo dio el visto bueno a la propuesta de Directiva que, entre otras medidas, establece la obligatoriedad de registrarse en un país europeo de su elección a efectos de gravar el impuesto del IVA, a las empresas que quieran vender en la UE.

En el sector de las telecomunicaciones, has sido un año de intensa actividad legislativa, desarrollándose la Ley General de las Telecomunicaciones.

En concreto se han resuelto diversos concursos públicos para servicios y redes de telecomunicaciones. En primer lugar mediante sendas órdenes ministeriales de 8 de marzo de 2000 se adjudican las licencias para el establecimiento y explotación de redes públicas fijas de acceso radio en la banda 3,4 a 3,6 Ghz (3 licencias) y en la banda de 26 Ghz (3 licencias). Asimismo, mediante orden ministerial de 10 de marzo de 2000, se adjudican 4 licencias individuales tipo B2, para el establecimiento de la red y la prestación del servicio de comunicaciones móviles de 3ª generación (UMTS). En igual fecha y posteriormente en noviembre, se resuelven concursos convocados para la adjudicación de concesiones para la explotación del servicio público en gestión indirecta de radiodifusión digital terrenal.

Por otra parte, se aprueba el 25 de mayo, la nueva Oferta de Interconexión de Referencia de Telefónica para el año 2000.

Por último, y como novedad especial, que supone un avance en el proceso de liberalización de las telecomunicaciones, se aprueba el RD 3456/2000 por el que se establecen las condiciones para el acceso al bucle de abonado de la red pública telefónica fija de los operadores dominantes. Siguiendo esta misma línea, el Gobierno ha anunciado nuevas medidas para el mercado de telefonía móvil entre las que aparecen la concesión de dos nuevas licencias GSM, y la introducción de las figuras del revendedor y del operador móvil virtual. De la materialización de estas medidas seremos testigos durante el 2001.
Ha sido un año muy interesante y prolífico -tanto en productos, como en normativa y debates doctrinales- para la propiedad industrial; en concreto para la Biotecnología. Resultado de ello es la revisión actual que se está produciendo del Convenio de Múnich de 1973 -por el que además se quiere regularizar la situación de hecho existente en Europa de patentar el software-, y la Propuesta de Reglamento del Consejo sobre la Patente Comunitaria.

La producción normativa fue asimismo extensísima, pero también asistimos a uno de los hitos más importantes de la historia la finalización del Proyecto Genoma Humano. Esto y los constantes avances en productos transgénicos -alimenticios, sanitarios, biorremediadores, e industriales- harán del sector biotecnológico la principal fuente de innovaciones y conflictos jurídicos durante los próximos años.

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Redacción Computing

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